¿Cómo justifico que el trabajador está conforme con el Registro de Jornada?
Aún hay poca información al respecto, aportamos dos cosas:
a) el trabajador puede acceder a su información, por lo que a la hora de la puesta en marcha del servicio o de la contratación laboral, al igual que firman documentos de protección de datos y otras cosas que no son el propio contrato como el conocimiento del régimen interno o uso de espacios comunes, pueden firmar que tienen que acceder y revisar que el horario es correcto y si hay desacuerdo comunicarlo a la empresa
b) ya existe jurisprudencia de que la entrega de la nómina se realice mediante correo electrónico al correo corporativo del trabajador y no es requerida la firma del “recibí”. Entendemos que al registro de jornada le aplica el mismo criterio.
Siempre queda la firma manuscrita del documento PDF descargado con el registro de jornada.