Numeración 400 para llamadas comerciales: ¿es obligatoria para tu empresa?

A partir del 17 de octubre de 2026, determinadas empresas deberán utilizar numeración 400 para realizar sus llamadas comerciales. Sin embargo, no todas las empresas están obligadas: la aplicación de esta medida depende de su actividad, dimensión y de las excepciones previstas en la normativa.

En Ibersontel te explicamos qué cambia, a qué empresas afecta y cómo saber si necesitas adaptar tus comunicaciones comerciales. Además, puedes utilizar nuestro autodiagnóstico gratuito y anónimo para obtener una primera orientación.

¿Qué es la numeración 400 y para qué sirve?

La numeración 400 es un nuevo rango de números telefónicos en España, reservado para identificar llamadas comerciales salientes.

Estos números tienen nueve cifras y siguen el formato 400 XXX XXX.

Su objetivo es que las llamadas comerciales puedan distinguirse de otras comunicaciones, como las llamadas de atención al cliente o las gestiones administrativas.

Hay tres características importantes:

  • Uso exclusivamente saliente: los números 400 no permiten recibir llamadas.
  • Finalidad comercial: no pueden utilizarse para prestar servicios de atención al cliente.
  • Aplicación específica: no todas las empresas están obligadas a utilizarlos.

Por tanto, la numeración 400 no sustituye todos los números telefónicos de una empresa. Está destinada a determinadas comunicaciones comerciales.

Numeración 400 para llamadas comerciales salientes desde una centralita empresarial

¿Desde cuándo es obligatoria la numeración 400?

La Resolución de 14 de abril de 2026, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 16 de abril, estableció el nuevo rango de numeración y concedió un plazo de seis meses para su puesta en funcionamiento.

Ese plazo finaliza el 17 de octubre de 2026.

A partir de esa fecha, las empresas sujetas a la obligación deberán utilizar numeración 400 para las llamadas comerciales afectadas por la regulación, teniendo en cuenta las excepciones legales aplicables.

¿Qué empresas están obligadas a utilizar números 400?

La obligación de utilizar numeración 400 no se aplica automáticamente a cualquier empresa que realice llamadas comerciales.

La Ley 10/2025 establece distintos criterios según la actividad y el tamaño de la organización. Además, contempla excepciones que pueden determinar que una empresa no necesite utilizar esta numeración.

Para entender a quién afecta, debemos distinguir entre las empresas que prestan servicios básicos y las de otros sectores.

Características de la numeración 400 para llamadas comerciales salientes de empresas

Empresas de servicios básicos

La normativa contempla, entre otras, a las empresas que prestan los siguientes servicios:

  • Electricidad, gas y agua.
  • Telefonía y comunicaciones electrónicas.
  • Transporte de pasajeros en las modalidades recogidas en la ley.
  • Servicios postales.
  • Servicios financieros.

En estos sectores, la obligación puede afectar también a empresas pequeñas, aunque existen excepciones legales que deben analizarse según la actividad y las características de cada organización.

Empresas de otros sectores

Para las empresas de otros sectores que venden bienes o prestan servicios principalmente a consumidores, la ley establece determinados umbrales de tamaño.

Entre ellos:

  • Tener 250 o más trabajadores.
  • Superar los 50 millones de euros de facturación anual.
  • Superar los 43 millones de euros de balance anual.

Basta cumplir uno de estos tres criterios, siempre que concurran las demás condiciones previstas en la ley. Para calcularlos se toma como referencia el ejercicio económico anterior y, cuando corresponda, el grupo empresarial.

¿Las pymes y los autónomos están exentos?

No necesariamente. Una pequeña empresa puede quedar fuera de la obligación por su actividad o dimensión, mientras que otra puede estar incluida por el tipo de servicio que presta.
Además, la normativa contempla excepciones específicas para determinadas comercializadoras de electricidad, gas y servicios telefónicos, que dependen de condiciones como su cuota de mercado y tamaño empresarial.

Por tanto, antes de contratar numeración 400, conviene comprobar si tu empresa realmente la necesita.

¿Tu empresa necesita numeración 400? Haz nuestro autodiagnóstico

En Ibersontel hemos preparado una herramienta que te permite comprobar, de forma orientativa, si la normativa sobre numeración 400 puede afectar a tu empresa.

El cuestionario tiene en cuenta factores como la actividad empresarial, su dimensión, el tipo de llamadas comerciales que realiza y las posibles excepciones aplicables.

El autodiagnóstico es gratuito y anónimo. No necesitas registrarte ni facilitar tus datos de contacto para obtener el resultado.

Diagnóstico de numeración 400 · Ibersontel

¿Qué llamadas necesitan numeración 400?

No todas las llamadas que realiza una empresa son comerciales ni requieren utilizar numeración 400.
La diferencia fundamental está en la finalidad de la comunicación y en si la empresa está sujeta a la obligación establecida por la normativa.

Llamadas comerciales

Entre las llamadas que pueden requerir numeración 400, cuando la empresa está sujeta a la obligación, se encuentran las destinadas a:

  • Captar nuevos clientes.
  • Presentar ofertas comerciales.
  • Promocionar productos o servicios.
  • Proponer nuevas contrataciones.

La obligación depende tanto de la finalidad comercial de la llamada como de que la empresa esté comprendida en el ámbito de aplicación de la normativa.

Llamadas de atención al cliente y gestiones ordinarias

Las llamadas destinadas exclusivamente a confirmar instalaciones, gestionar averías, resolver incidencias o realizar gestiones administrativas no se consideran automáticamente llamadas comerciales.

En situaciones como renovaciones de contratos, cambios de tarifa o devolución de llamadas solicitadas por clientes, es necesario analizar la finalidad concreta de cada comunicación.

Lo importante es distinguir entre una gestión relacionada con un servicio existente y una llamada iniciada por la empresa para promocionar productos o conseguir nuevas contrataciones.

¿Y las llamadas comerciales entre empresas (B2B)?

Según un criterio interpretativo comunicado por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (SETID), las llamadas dirigidas exclusivamente a empresas y profesionales que actúan en el ejercicio de su actividad quedarían fuera del ámbito de aplicación de la Ley 10/2025.

Este criterio respalda que las llamadas comerciales exclusivamente B2B no precisarían numeración 400, aunque la comunicación no constituye una resolución específica sobre este rango de numeración.

Cuando una empresa realiza llamadas tanto a particulares como a otras empresas, debe analizarse por separado cada tipo de comunicación.

¿Puedo seguir utilizando mi número fijo o móvil?

Sí. La numeración 400 no supone que las empresas deban abandonar sus números telefónicos habituales.

Los números fijos y móviles pueden seguir utilizándose para las llamadas que no estén sujetas a la obligación de utilizar numeración 400.

Las empresas afectadas deberán diferenciar adecuadamente las comunicaciones comerciales de las llamadas ordinarias de atención al cliente, gestión o soporte.

Para ello, puede ser necesario revisar la configuración de la centralita y la presentación del número de origen de las llamadas salientes.

Cómo contratar numeración 400 con Ibersontel

Si tu empresa necesita utilizar numeración 400 para sus llamadas comerciales, en Ibersontel podemos suministrarte este servicio y ayudarte a elegir la modalidad más adecuada para tu infraestructura telefónica.

Como operador de telecomunicaciones especializado en empresas, ofrecemos dos posibilidades:

• Numeración 400 con IberPBX Cloud: suministramos y configuramos el servicio integrado en nuestra centralita en la nube.
• Numeración 400 para centralitas de terceros: suministramos el servicio y facilitamos los datos técnicos necesarios para que el proveedor o responsable de la centralita del cliente realice su configuración.

Así, puedes incorporar la numeración 400 a tus comunicaciones comerciales sin necesidad de cambiar de centralita, siempre que tu sistema actual sea compatible.

La disponibilidad de numeración y las condiciones de prestación se confirmarán para cada solicitud.

Preguntas frecuentes sobre la numeración 400

¿Todas las empresas que hacen llamadas comerciales necesitan números 400?

No. La obligación depende de la actividad de la empresa, de su inclusión en el ámbito de aplicación de la Ley 10/2025 y de las excepciones previstas. Realizar llamadas comerciales no implica, por sí solo, estar obligado a utilizar numeración 400.

¿Un número 400 puede recibir llamadas?

No. La numeración 400 está reservada exclusivamente para realizar llamadas comerciales salientes. No permite recibir llamadas ni puede utilizarse como número de atención al cliente. Para esas comunicaciones, la empresa debe mantener otros números habilitados.

¿Una empresa pequeña necesita numeración 400?

Depende de su actividad y de las excepciones aplicables. Ser una pyme o tener pocos trabajadores no supone una exención automática. Algunas empresas de servicios básicos pueden estar incluidas en la normativa independientemente de su tamaño, mientras que otras pequeñas empresas pueden quedar fuera de la obligación.

¿Las llamadas comerciales B2B necesitan numeración 400?

Según el criterio interpretativo de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (SETID) comunicado a ASOTEM, las llamadas dirigidas exclusivamente a empresas y profesionales que actúan en el ejercicio de su actividad no precisarían numeración específica.
Este criterio respalda su exclusión del uso obligatorio de numeración 400, aunque no constituye un pronunciamiento vinculante específico sobre este rango.

¿Puedo utilizar numeración 400 desde mi centralita?

Sí. Ibersontel ofrece dos opciones para utilizar numeración 400 desde una centralita empresarial.

Puedes contratar la numeración 400 integrada con IberPBX Cloud, nuestra solución de centralita en la nube.

Si tu empresa utiliza una centralita de otro proveedor, Ibersontel puede suministrarte el servicio de numeración 400 para que el proveedor o responsable técnico de esa centralita realice la integración correspondiente, siempre que sea técnicamente compatible.

¿Dónde puedo contratar numeración 400 para mi empresa?

Puedes contratar numeración 400 para empresas con Ibersontel, tanto para utilizarla con nuestra centralita IberPBX Cloud como con una centralita de otro proveedor.

Si utilizas una centralita de terceros, te facilitamos los datos técnicos del servicio para que su proveedor o responsable técnico gestione la configuración, siempre que sea compatible.

Contacta con Ibersontel para consultar las condiciones de contratación y disponibilidad del servicio.

Adapta tus llamadas comerciales a la nueva regulación

La numeración 400 supone un cambio en la identificación de determinadas llamadas comerciales en España. Antes de contratarla, es importante comprobar si tu empresa está obligada a utilizarla.

En Ibersontel te ofrecemos soluciones de numeración 400 para empresas, tanto con nuestra centralita IberPBX Cloud como para su utilización con centralitas de terceros compatibles.

Solicita información sin compromiso y te ayudaremos a encontrar la modalidad de contratación que mejor se adapte a tus necesidades.

¿Necesitas numeración 400 para tu empresa?

Completa el formulario y nuestro equipo comercial contactará contigo para informarte sobre las opciones de contratación de numeración 400, tanto con IberPBX Cloud como para centralitas de terceros.

Normativa sobre numeración 400

Para ampliar la información sobre la numeración 400 y su aplicación a las empresas, puedes consultar las siguientes fuentes oficiales:

• Ley 10/2025, de 26 de diciembre, por la que se regulan los servicios de atención a la clientela.
• Resolución de 14 de abril de 2026, por la que se atribuyen recursos públicos de numeración para llamadas comerciales.

La información de este artículo y el autodiagnóstico tienen carácter orientativo y no constituyen asesoramiento jurídico. Para determinar las obligaciones concretas de tu empresa, consulta con tu asesoría especializada.

Última revisión: 13 de octubre de 2026.

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